Atención colegios : Pelo largo, tatuajes y piercing no serán causa de sanción

Desde este 1 de marzo comenzará a regir la Ley de Inclusión en educación escolar que se aprobó el 26 de enero de este año. Al respecto, el jefe de Denuncias de la Superintendencia de Educación, Óscar Acevedo, explicó que el sentido de la ley apunta a que “los reglamentos internos, así como los proyectos educativos institucionales, no contengan normas que impliquen una discriminación arbitraria para sus miembros”, consignó La Tercera.

El texto legal precisa que “el sistema propenderá a eliminar todas las formas de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación de los estudiantes”. En la práctica esto significa que los colegios pueden aplicar, para los estudiantes que infrinjan las reglas, las medidas disciplinarias correspondientes. Excepto apartarlos o suspenderlos de clase. “En ningún caso no cumplir con estas normas puede implicar medidas que discriminen arbitrariamente a los alumnos o sanciones que afecten su derecho a recibir educación”, explicó Acevedo en referencia, por ejemplo, a criterios de presentación personal.

«No pueden establecer sanciones que les que restrinjan el acceso o su participación en las actividades escolares por no cumplir con alguna norma del reglamento interno, relacionada con la presentación personal o no contar con los útiles, el uniforme o un texto escolar”, enfatizó Oscar Acevedo.

Desde la Conacep –que agrupa a colegios particulares– aseguran que hay reglas mínimas, como la vestimenta que se establecen en las normas internas, las que “desde el momento en que la familia adscribe al proyecto educativo, las conocen, por lo que tienen que respetarlas. Si no, qué sentido tiene que la ley establezca que los sostenedores deben informar a la familia sobre sus normativas”, consignó Hernán Herrera, presidente de la corporación.

El presidente de la Conacep, además, criticó que la Superintendencia considere que los colegios no puedan sancionar a sus alumnos con medidas que no les permitan ir a clases, en contextos en que estos están incumpliendo las reglas.

“A mi juicio, no hay discriminación arbitraria, porque es aplicable a todos. No es que solo a un alumno le digan que tiene que ir con uniforme y al resto no. Si la persona no va con uniforme, finalmente es ella la que está contra la norma establecida”, explicó Herrera.

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