MINERÍA

Lo que señala la resolución de la Cámara sobre los sistemas de turnos de las faenas mineras

Texto aprobado por los diputados precisa que las cantidades más altas de trabajadores afectos a distribución de jornadas excepcionales y bisemanales están en las regiones de Tarapacá, Antofagasta y Atacama.

 

La Sala de la Cámara aprobó manifestar su preocupación al Ejecutivo y al Ministerio de Minería. Lo anterior, debido a las jornadas laborales especiales o excepcionales que tienen lugar en el trabajo minero.

Dicho pronunciamiento se aprobó por 105 votos a favor, 12 en contra y 17 abstenciones.

La resolución 306 detalla que algunas actividades del sector minero impiden que sus trabajadores/as puedan tener una jornada de trabajo ordinaria de 45 horas semanales. Ello trae como consecuencia que algunas empresas implementen jornadas laborales especiales; por ejemplo, las jornadas bisemanales o jornadas excepcionales.

El texto precisa que las cantidades más altas de trabajadores/as afectos a distribución de jornadas excepcionales y bisemanales están en las regiones de Tarapacá, Antofagasta y Atacama. Esto se explica porque, en esas zonas, las faenas mineras son de las actividades económicas más importantes a nivel regional.

En sus fundamentos, se recalcan las dificultades que generan los sistemas de turno para mantener las relaciones sociales y familiares habituales.

Asimismo, se hace mención a los efectos negativos que se provocan en la relación de pareja y el cuidado de los hijos.

Además, la ausencia de un horario familiar común impide, en muchas ocasiones, el establecimiento de una programación familiar adecuada.

 

Fuente:MCh.

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