PAÍS

Mineduc: Clases no realizadas desde el estallido social no deberán recuperarse

La cartera ratificó el cierre del año escolar durante las fechas previstas, «en la medida que los objetivos pedagógicos se hayan cumplido». Distinta suerte correrán quienes perdieron jornadas debido al extenso paro del Colegio de Profesores.

 

El Ministerio de Educación envió un oficio a los secretarios regionales ministeriales de la cartera, con el objetivo de aclarar las inquietudes respecto a la pérdida de clases y las alteraciones en el año escolar producto de la crisis social que atraviesa el país.

De acuerdo a las orientaciones entregadas por la secretaría de Estado dirigida por Marcela Cubillos, se ratifica que el cierre del año escolar es el 6 de diciembre, para los colegios con jornada escolar completa; y el 20 de diciembre, para aquéllos que no tienen ese horario. En ese marco, el documento dado a conocer por Emol destaca que «las clases no realizadas desde el 21 de octubre hasta la fecha no deberán recuperarse, en la medida que los objetivos pedagógicos se hayan cumplido».

No obstante, el texto apunta que «los aprendizajes deberán ser reforzados al inicio del próximo año escolar». En conversación con el citado medio, el subsecretario de Educación, Raúl Figueroa, explicó que «como hay dificultades en diversos territorios del país y algunos colegios se vieron en la necesidad de suspender sus clases, en la medida en que los contenidos pedagógicos estén cubiertos, esas clases no debe ser recuperadas, lo que se verá localmente en cada seremi».

En cuanto a cifras, el subsecretario Figueroa manifestó que hasta ahora son cerca del 8% los establecimientos que no han tenido clases, pero que más del 90% sí ha estado en clases durante noviembre «con la flexibilidad que el ministerio entregó para que pudiesen operar».

En paralelo, el personero de Gobierno se refirió también a las jornadas que se perdieron este año debido al extenso paro del Colegio de Profesores. En ese sentido, se dará a los sostenedores la opción de que puedan cumplir esa programación durante los meses de diciembre y enero; o bien, al inicio del año escolar 2020. En este último caso, los colegios deberán iniciar el año escolar anticipadamente, en el mes de febrero.

 

 

Fuente: 24horas.cl

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