PAÍS

Nueva ley de alcoholes: Revisa las medidas que ya están en vigencia

La nueva ley de alcoholes exige, entre otras cosas, mostrar el carnet de identidad al momento de comprar bebidas alcohólicas.

 

Ayer viernes entró en vigencia en nuestro país la nueva ley de alcoholes, la cual busca disminuir la ingesta de alcohol y fomentar su consumo responsable.

Esta  ley establece una serie de normas respecto a la venta, etiquetado y publicidad de alcoholes, sin embargo no todas entrarán en vigencia al mismo tiempo.

Respecto a la prevención del consumo del alcohol, todas sus normas ya están en vigencia lo cual contempla los siguientes aspectos:

  • Prohibición de la venta de bebidas alcohólicas en estaciones de servicio o bombas bencineras, a menos que cuenten con establecimientos o restaurantes que cuenten con patente de alcohol.
  • Obligación de exhibir la cédula de identidad u otro documento de identificación para adquirir la bebida alcohólica.
  • Prohibición del ingreso de menores de 18 años a discotecas, cuando en éstas se vendan bebidas alcohólicas.
  • Obligación de exhibir cédula de identidad o documento de identificación cuando se ingrese a cabrés, cantinas, bares, tabernas y discotecas.

Sobre el etiquetado, la medida entrará en vigencia 12 meses después de publicado el reglamento:

  • Advertencia de consecuencias nocivas del consumo de bebidas alcohólicas, especialmente en poblaciones de riesgo
  • Cantidad de energía presente en las bebidas alcohólicas (esta medida regirá 24 meses después de publicada la ley)

En cuanto en publicidad, las normas tardarán, en su mayoría, 36 meses en entrar en vigencias tras publicada la ley y contempla lo siguiente:

  • Límite en los horarios de publicidad en TV (podrá ser emitido  sólo entre las 22:00 horas y las 06:00 horas). En radios los rangos son entre las 16:00 horas y las 18:00 horas.
  • Se prohibirá publicidad en actividades deportivas, con excepción de súper eventos realizados en el país.
  • Se prohibirá la publicidad de bebidas alcohólicas en artículos deportivos y objetos promocionales vinculados a la actividad deportiva.
  • Se prohibirá cualquier tipo de publicidad en productos o actividades destinadas exclusivamente a menores de edad.
  • Prohibición de publicidad en acciones gráficas de estimulación de consumo de alcohol en bienes de uso público, menos los letreros o señaléticas en rutas asociadas a la actividad productiva de bebidas alcohólicas (esta medida entrará en vigencia 12 meses después de publicada la ley).

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