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Proyecto alternativo del Gobierno para permitir tercer retiro de fondos AFP ingresó al Congreso

El ministro de la Secretaría general de la Presidencia, Juan José Ossa, expresó que «esperamos su pronta aprobación para llegar con más ayuda a las familias que lo necesitan».

 

Durante la noche de este lunes, el Gobierno ingresó a la Cámara de Diputadas y Diputados el proyecto propio que permite un tercer retiro del 10%, junto con la recuperación de aquellos fondos.

El ministro de la Secretaría general de la Presidencia, Juan José Ossa, expresó que «quiero informarles que el proyecto de retiro y recuperación de capitalización individual anunciado por el Gobierno acaba de ingresar con discusión inmediata a la Cámara».

«Esperamos su pronta aprobación para llegar con más ayuda a las familias que lo necesitan», añadió el ministro.

Detalle del proyecto

La iniciativa ingresada al Congreso establece «el derecho a realizar, por única vez y de forma excepcional y voluntaria, un retiro para todos los afiliados y a toda persona que pertenezca al sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, de 1980, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia, por hasta el 10% de los fondos acumulados en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias».

Mínimo y máximo a retirar

«Se establece como monto mínimo de retiro la cantidad equivalente a 35 Unidades de Fomento (UF) y, como monto máximo, la cantidad de 150 UF. Si el saldo acumulado es inferior a la cifra mínima, se autoriza el retiro de la totalidad de los fondos», añade el proyecto.

Plazo de entrega

Tras realizar la solicitud, «la entrega de los fondos se realizará en un plazo máximo de 20 días hábiles contado desde la presentación de la solicitud ante la Administradora respectiva».

Cotización adicional

Se deberá cotizar un 1% con cargo al empleador o al trabajador independiente. Esto a partir de 1 de enero de 2022. Por cada cotización adicional, tendrán derecho a una bonificación equivalente de cargo fiscal si exceder los 0,3 UF. La bonificación se depositará anualmente.

«Para recuperar los ahorros previsionales retirados y para fortalecer las pensiones futuras de todos los cotizantes, se establece una cotización adicional de un 1% de cargo del empleador o del trabajador independiente, según corresponda. Adicionalmente, el Estado otorgará a todos los afiliados, por cada cotización que efectúen a su cuenta de capitalización individual, un 1% adicional de cotización mensual con tope de 0,3 Unidades de Fomento, para contribuir al mejoramiento del ahorro previsional de todos los trabajadores cotizantes. Esta suma será depositada anualmente en la cuenta individual de cada trabajador. La cotización y la bonificación fiscal no estarán afectos a comisión o cobro alguno por parte de la Administradora», añade el detalle del proyecto.

Bono de cargo fiscal

Aplicado a las personas que hayan quedado sin fondos en sus cuentas, en algún momento, hasta el 31 de marzo de 2021. Se entregará $200.000 de bono por una única vez. Será depositado en la cuenta de AFP hasta 30 días corridos desde la publicación de la ley. Pago no genera comisión o gasto de administración. Se podrá retirar este dinero.

Además, se indica que «los afiliados que, al 31 de marzo de 2021 registren en su cuenta de capitalización individual un saldo igual o inferior a $200.000 y tengan al menos 3 meses de afiliación, tendrán derecho a un bono de cargo fiscal por la cantidad de $200.000. Este bono será depositado en la cuenta de capitalización individual del trabajador y podrá ser retirado por este si así lo desea. Este bono no estará afecto a comisión o cobro alguno por parte de la Administradora».

Renta vitalicia

Anticipo de cargo fiscal hasta por el 10% de la reserva técnica con tope máximo de 100 UF. La solicitud debe realizarse desde el décimo día de publicada la ley hasta el 31 de diciembre de 2021 en el SII.

«Se otorgará un anticipo de cargo fiscal para pensionados de renta vitalicia, por el monto equivalente hasta un 10% de la reserva técnica, con tope de 100 Unidades de Fomento. Este anticipo se irá descontando de su renta vitalicia en cuotas mensuales, iguales y sucesivas de un 10% de su pensión bajo esta modalidad, hasta enterar el monto anticipado», indica la iniciativa.

Devolución

Debe devolverse al fisco en cuotas mensuales iguales y sucesivas al 10% de la pensión, hasta devolver todo. Primera cuota a pagar: enero 2023. La aseguradora deberá retener este monto.

«El total del monto otorgado conforme a este literal, expresado en Unidades de Fomento, se devolverá al fisco a través del Servicio de Tesorería, en cuotas mensuales, iguales y sucesivas equivalentes al 10% del monto de la pensión bajo modalidad de renta vitalicia que reciba el pensionado, sin multas ni intereses, hasta la devolución del monto total del anticipo. Las cuotas mensuales se pagarán a contar del mes de enero del año 2023. Para estos efectos, la Aseguradora de Fondos de Pensión u el organismo pagador de la pensión bajo modalidad de renta vitalicia deberá retener del monto de dicha renta el valor de la cuota correspondiente», detalla el proyecto.

 

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