ATACAMA

Senadora Provoste presenta proyecto de ley para suspender cobro de servicios básicos durante la emergencia sanitaria

A la incertidumbre propia de la emergencia sanitaria y del avance del Covid-19; no podemos sumar a las familias la incertidumbre sobre qué sucederá con el pago de sus cuentas de servicios básicos como el agua, la luz y el gas, y de los servicios de telefonía e internet”, expresó la parlamentaria.

La senadora, Yasna Provoste, ingresó un proyecto de ley para que aquellas personas que están imposibilitadas de pagar las cuentas de electricidad, agua, gas, telefonía e internet -ya sea por problemas económicos o de acceso- puedan reprogramar sus deudas entre 12 y 24 meses, sin intereses ni multas, durante la totalidad de la vigencia del Estado de Catástrofe por emergencia sanitaria decretado por el Gobierno.

“Las cuentas de los servicios básicos son un tema urgente de resolver para dar certeza a las familias. Junto a los problemas de desempleo, falta de ingresos que vivirán los hogares y la crisis que viven muchas pymes, es probable que nos encontremos con un importante aumento de las cuentas en los servicios básicos producto de los períodos de cuarentena”, indicó la parlamentaria por Atacama, enfatizando en lo que sucederá en el caso de la electricidad, ya que entre los meses de abril y septiembre corresponde la aplicación de cobros por horas punta y cargo adicional por sobre consumo de invierno.

Asimismo, Provoste calificó de insuficiente el acuerdo que se  tomó desde La Moneda con las empresas de varios sectores de servicios básicos: “Es un acuerdo, por lo que eventualmente una o varias empresas podrían resolver no participar de él; excluye el servicio de gas; establece límites al consumo de agua potable, precisamente cuando se ha solicitado a las familias permanecer en sus hogares las 24 horas y lavarse continuamente las manos; se limita al 40 % más pobre de la población; y, es un crédito al que no concurren ni el Estado ni las empresas para colaborar con el pago”, denunció la congresista.

DETALLE DEL PROYECTO

La iniciativa plantea que “decretado por el Gobierno el estado de catástrofe por la pandemia del COVID 19, y durante la totalidad de su vigencia, las empresas proveedoras de servicios básicos no podrán cortar ni suspender la prestación ni continuidad de los mismos a sus clientes domiciliarios en base a la existencia de mora en el pago de los usuarios finales”.

Respecto a las deudas de los usuarios finales en los servicios de agua, gas, luz, telefonía e internet, éstas se prorratearán en las cuentas de los 12 a 24 meses siguientes a la fecha de levantamiento del estado de catástrofe y su cobro no podrá incorporar multas ni intereses por mora.

Durante los meses en que se encuentre vigente el estado de catástrofe, señala el documento, no se aplicará a los hogares un límite de consumo para acceder a estos beneficios. En particular, no será aplicable el límite establecido para el subsidio al agua potable y en el caso eléctrico se suspenderá la aplicación del cargo adicional por sobre consumo de invierno.

En el caso del sector eléctrico, la menor recaudación que experimenten las empresas concesionarias de distribución eléctrica, producto del estado de catástrofe por la pandemia del COVID 19, será absorbida en forma proporcional por ellas, por las empresas de transmisión señaladas en el artículo 115° de la Ley General de Servicios Eléctricos y por las empresas de generación cuyos contratos, referidos en el artículo 131°, hayan iniciado suministro.

Finalmente, en su artículo transitorio, el texto señala que “durante el plazo de vigencia del Estado de Catástrofe decretado por la Pandemia Codiv 19, las empresas proveedoras de los servicios de agua potable, electricidad, gas y telecomunicaciones, estarán autorizadas para emitir los recibos o facturas por consumo al usuario final, utilizando métodos de cálculo que se ajusten a su perfil de consumo de los últimos seis meses previos al mes a facturar, a partir de lecturas reales.

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