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Ley 21.165: una normativa que viene a reconocer el esfuerzo de los jóvenes estudiantes trabajadores. (Por Seremi del trabajo Carlos Leal Varas)

Una muy buena noticia recibimos este 1 de septiembre con la entrada en vigencia de la ley 21.165, normativa que viene a beneficiar a jóvenes trabajadores de entre 18 a 24 años que estén estudiando una carrera universitaria o técnica. Una ley que establece una jornada laboral parcial y alternativa para los estudiantes de educación superior que, a su vez, compatibilizan sus horas de estudio con el trabajo.

Desde allí nace la necesidad de crear una normativa que vaya en beneficio de los jóvenes estudiantes trabajadores, reconociendo su esfuerzo y entregándoles herramientas para que puedan desenvolverse de la mejor manera en sus dos áreas de desempeño: trabajo y estudio, sin tener que priorizar uno por sobre el otro.

Con esta nueva ley se busca aumentar el empleo formal en jóvenes y su participación en el mercado laboral considerando que la tasa de desempleo juvenil dobla la tasa de desocupación nacional y no es porque ellos no quieran ser autovalentes económicamente sino porque sin esta normativa los y las jóvenes se debían afrontar la encrucijada: tener trabajo y perder los beneficios estatales o tener trabajo informal para no perder los beneficios como becas de educación superior.

Y vemos reflejada esa realidad en los informes respecto a la tasa de desocupación publicadas por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) donde en este grupo etario el empleo informal es mayor al de la tasa de desocupación nacional, situación que como Gobierno nos preocupa; porque si los jóvenes estudiantes que ingresan al mundo laboral queremos que lo hagan sin temor a perder sus beneficios estatales y continuar como carga en salud de sus padres o tutores responsables.

En la misma línea queremos que tengan estabilidad laboral, financiera y por sobretodo, mejorar la calidad y condiciones de los empleos que les ofrecen, como el derecho a optar a vacaciones y a protección en caso de accidentes del trabajo ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre el establecimiento educacional y el lugar de empleo.

Asimismo, esta normativa asegura una jornada diaria a los jóvenes estudiantes trabajadores que no podrá ser superior a 12 horas, considerando los períodos trabajados, en jornada ordinaria y extraordinaria, más la interrupción señalada. Las horas efectivamente trabajadas, no podrán ser superiores a 10 horas diarias.

En la misma línea, estamos seguros que entregándoles la facilidad de un permiso para rendir exámenes los estudiantes trabajadores y sus empleadores podrán mejorar la relación laboral y además aumentar la productividad.

Hay que aclarar que las remuneraciones percibidas no serán consideradas como rentas para los efectos de determinar su condición socioeconómica o la de su grupo familiar para acceder al Fondo Solidario, crédito fiscal universitario, crédito con garantía del Estado o financiamiento del acceso gratuito a las instituciones de educación superior.

Esta es una de las tantas medidas que el Gobierno de nuestro Presidente Sebastián Piñera ha tomado para asegurar la calidad de empleo a los jóvenes estudiantes que trabajan y alivianarles la carga con una normativa que los beneficia y reconoce su esfuerzo diario.

 

 

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