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Seremi del Trabajo: “Estamos avanzando hacia el trabajo decente para las y los trabajadores”

La autoridad destacó el que la Comisión de Trabajo del Senado aprobó, por unanimidad, cambio fundamental del proyecto que reduce la jornada laboral a 40 horas.

La modificación aprobada por unanimidad, que es parte del texto que despachó la Cámara de Diputados en 2019, señala que, en el artículo 22 del Código del Trabajo, se sustituye “en su inciso primero la palabra ‘cuarenta y cinco’ por ‘cuarenta’”.

La Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado aprobó este miércoles, por unanimidad, la primera modificación al Código del Trabajo que contempla el proyecto de ley que reduce la jornada laboral de 45 a 40 semanales.

La autoridad regional del trabajo y previsión social, Gladys Paola Cortés dijo “nuestra ministra, Jeannette Jara, ha realizado un gran trabajo dirigiendo un equipo donde nos hemos comprometido con la modernización de las relaciones laborales, a fin de poder recoger lo que ocurre en el resto del mundo en materia de derechos laborales, donde la reducción progresiva de la jornada laboral es una realidad”, dijo Cortés.

Antecedentes

El proyecto de ley que reduce la jornada laboral a 40 horas fue ingresado en 2017 por la diputada Karol Cariola y la ahora ministra secretaria general de Gobierno, Camila Vallejo, y fue aprobado por la Cámara de Diputados en 2019. Tras el ingreso de indicaciones por parte del Gobierno del Presidente Gabriel Boric, en agosto pasado, la tramitación se reactivó en la Comisión de Trabajo del Senado, donde comenzó a ser votado hoy.

Gradualidad

La Seremi, destacó que “esto constituye un paso fundamental y se va a aplicar con gradualidad y responsabilidad en el cuidado del empleo, pero también con la convicción de que las 40 horas le hacen bien a la calidad de vida de las y los trabajadores”, añadió la secretaria regional.

En cuanto a gradualidad, y para proteger el empleo y las remuneraciones, las indicaciones proponen una aplicación gradual de la reducción de jornada propuesta, para permitir a las empresas ajustar sus procesos productivos y absorber la reducción con el menor impacto posible. Esto significa que la regla general de gradualidad contempla un plazo total de 5 años, efectuando la primera rebaja, de 45 a 44 horas, al primer año de publicada la ley en el Diario Oficial. La segunda rebaja, a 42 horas semanales, se efectuará a partir del tercer año, mientras que la reducción a 40 horas ocurrirá al quinto año de publicada la ley.

Indicaciones

En las próximas semanas continuará la votación del proyecto y las indicaciones ingresadas por el Ejecutivo, las que, además de reducir la jornada laboral ordinaria de 45 a 40 horas, donde se encuentra el 83% de las y los trabajadores de Chile, proponen extender los alcances de esta medida a la mayor parte de las categorías de jornadas contenidas en el Código del Trabajo. Ello implica, dice el Mensaje Presidencial con que se ingresaron las indicaciones, abordar las jornadas especiales, como es el caso de trabajadoras de casa particular o choferes y auxiliares de locomoción colectiva interurbana, entre otros.

Asimismo, se incorporan modificaciones a la regulación sobre exclusión de la limitación de jornada, jornada parcial y jornadas excepcionales. De esta forma, la reducción de la jornada laboral extenderá directamente sus efectos, de aprobarse en estas condiciones, a más 4 millones de trabajadores a lo largo de todo el país.

Para posibilitar un mayor descanso efectivo, el proyecto señala que, en los casos específicos en los que por la naturaleza de las funciones no sea posible materializar una disminución efectiva de horas de la jornada laboral, el objetivo de mayor tiempo de descanso se alcanzará a través de otros mecanismos, como días libres o feriado adicional. Estos rubros son, por ejemplo, el forestal, el minero, de servicios de salud privada o de servicios de seguridad privada.

En tanto, la regla de gradualidad excepcional para la jornada parcial y las jornadas especiales del sector transporte, las que no tendrán aplicación escalonada, se harán efectivas al quinto año de publicada la ley.

Acompañamiento para las empresas

A su vez, se contempla un acompañamiento activo a las empresas de menor tamaño durante todo el proceso, incorporando al proyecto modificaciones a la normativa que rige al Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence). El objetivo es favorecer el acceso de este tipo de empresas a programas de capacitación respecto de la organización del tiempo de trabajo y otros temas, con el fin de atender sus necesidades y particularidades.

Corresponsabilidad

En materia de corresponsabilidad, la seremi indica que “el mayor tiempo de descanso que pretende esta reforma laboral no debe traducirse en más carga de trabajo no remunerado para las mujeres, por lo que se propone una redistribución equitativa de los cuidados en la sociedad, lo que, a su vez, podría fomentar la inserción laboral de este sector de la población, considerando que somos la segunda región con mayor desempleo, específicamente en las mujeres”.

Para ello, se proponen tres medidas con dicho foco: en primer lugar, se busca establecer bandas horarias de ingreso, otorgando posibilidades de adecuar los tiempos laborales con el de los establecimientos educacionales de niños, niñas y adolescentes menores de 12 años, involucrando a hombres y mujeres en este diseño. Además, se contempla la compensación de trabajo extraordinario por días de feriado adicional para atender aspectos de cuidado y, a través de la organización sindical, compensación de trabajo extraordinario por días de libre disposición.

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