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Superintendencia de Pensiones oficia a cinco AFPs por envío de cartas a sus afiliados

A las administradoras Capital, Cuprum, Habitat, Planvital y Provida se les recalcó “la obligación de ajustarse estrictamente al marco normativo en cuanto a las comunicaciones que transmitan a sus afiliados”.

La Superintendencia de Pensiones (SP) ofició hoy a cinco administradoras de fondos de pensiones (AFP), luego que estas empresas enviaran sendas cartas a sus afiliados advirtiendo sus reparos respecto de la decisión de la Cámara de Diputados de aprobar la idea legislar sobre el retiro del 10% de la capitalización individual.

La SP ofició a las AFP Capital, Cuprum, Habitat, Planvital y Provida, recalcándoles “la obligación de ajustarse estrictamente al marco normativo en cuanto a las comunicaciones que transmitan a sus afiliados”.

La autoridad resolvió instruir a sus regulados, tras analizar el contenido de las cartas enviadas por estos a sus afiliados, atendiendo al giro único de su actividad.

Además, recalcó que según las atribuciones que le confiere la ley, el incumplimiento de tales obligaciones arriesga el inicio de un proceso sancionatorio.

«Reitero la obligación legal de la administradora de sujetar estrictamente la información entregada a sus afiliados a las limitaciones señaladas, cuyo cumplimiento es fiscalizado por esta Superintendencia y en caso de no ser observado puede dar inicio a un proceso sancionatorio», señaló el organismo.

INICIARÁN PROCESO SANCIONATORIO CONTRA AFP HABITAT

En su misiva, la autoridad subrayó su deber de resguardar que la información entregada por las administradoras a sus afiliados y al público en general «se ajuste en todo momento a la verdad y que no induzca a equívocos o a confusiones, ya sea en cuanto a la realidad institucional o patrimonial, o a los fines y fundamentos del sistema, como expresamente lo exige el artículo 26 del decreto ley 3.500 de 1980».

Asimismo, en uso de las atribuciones, la Superintendencia comunicó en específico a AFP Habitat que, tras analizar el contenido de la comunicación difundida a sus afiliados en relación al mencionado proyecto de reforma constitucional, se determinó iniciar un proceso sancionatorio.

«Al respecto, a través de oficios anteriores, esta Superintendencia le hizo presente a esa AFP que toda publicidad, promoción, auspicio o entrega de información que las administradoras efectúen por cualquier medio a sus afiliados, empleadores o público en general, queda sometida a las normas del Compendio de Normas del Sistema de Pensiones, que regulan la materia, la que no debe desviar la atención de los trabajadores de lo que es relevante respecto de sus fondos previsionales; esto es: la rentabilidad, el costo y el servicio que prestan”.

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