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MMA establece acciones para implementar red de monitoreo de calidad del aire en Concón, Quintero y Puchuncaví

Se contempla la instalación y operación de catorce nuevas estaciones de calidad del aire, cuya administración será responsabilidad del Ministerio del Medio Ambiente.

En el Diario Oficial se publicó la Resolución exenta número 222, de 2023, del Ministerio del Medio Ambiente, por medio de la cual se establecen las acciones para implementar la nueva red de monitoreo de calidad del aire en las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví.

En el texto se señala que esto se concretará a través de la instalación y operación de catorce nuevas estaciones de calidad del aire, cuya administración será responsabilidad del Ministerio del Medio Ambiente.

La red pública de monitoreo contemplará la instalación de estaciones de calidad del aire en las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví, evitando duplicar estaciones de monitoreo, priorizando su localización en espacios públicos de mayor afluencia de la población, tales como centros educacionales y de salud.

La nueva red pública deberá contemplar la implementación de tres estaciones definidas como «Super-Sitio», emplazando al menos una de ellas en cada una de las comunas que abarca la red de monitoreo. Para estos efectos, se denominará como estación «Super-Sitio» a aquellas que contemplen el monitoreo continuo de los siguientes contaminantes: dióxido de azufre (SO2), óxidos de nitrógeno (NOx), ozono (O3), monóxido de carbono (CO), sulfuro de hidrógeno (H2S), Compuestos Orgánicos Volátiles (COVs), Material Particulado Fino (MP2.5) y Material Particulado respirable (MP10). Estos últimos también se realizarán mediante monitoreo discreto a través de filtros.

En la resolución se detalla que la red pública de monitoreo contemplará la instalación de una estación del tipo fondo rural, en una localidad distante a más 10 km de las fuentes industriales y en un entorno libre de fuentes emisoras de contaminación industrial.

Además, se realizarán análisis químicos para la caracterización de metales pesados, que incluyen entre otros, arsénico, molibdeno, níquel, cobre, cadmio y plomo, en las estaciones donde se realizará muestreo de material particulado PM10 y/o PM2.5 en filtros (método discreto).

Junto con ello, la nueva red pública deberá contemplar la medición de Compuestos Orgánicos Volátiles, de acuerdo a lo que disponga la normativa de calidad aplicable.

El Ministerio del Medio Ambiente deberá coordinar e implementar un trabajo colaborativo con la Dirección Meteorológica de Chile.

Siga leyendo la Resolución en ESTE LINK.

 

Fuente:MCh.

 

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