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Conflicto por Rajo Inca: Suprema rechaza recurso de nulidad y confirma que Codelco debe terminar con retención de fondos

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad con el cual la Corporación Nacional del Cobre de Chile (Codelco), buscaba impugnar la resolución que acogió el recurso de protección interpuesto por el Consorcio Belaz Movitec Spa (CBM), el que se dio a conocer el pasado 5 de julio.
De esta manera, quedó ejecutoriado el fallo que ordena a Codelco «poner fin inmediato a la retención de los fondos correspondientes al estado pago N° 23 (cerca de $12 mil millones) requerido por el Consorcio Belaz Movitec SpA, cursando el pago del saldo retenido», lo que deberá ser cumplido por la minera estatal.

Además deberá «proceder a la restitución inmediata de los equipos, vehículos, perforadoras, maquinaria pesada, y bienes de propiedad» del consorcio chileno-bielorruso, «proporcionando acceso y condiciones a fin que la recurrente disponga el retiro de las especies muebles ingresadas por aquella para el ejercicio de sus faenas al interior de la mina Rajo Inca, división El Salvador, absteniéndose la recurrida de obstaculizar la entrega por la vía de cualquier requerimiento de suscripción o entrega de instrumento alguno». La Tercera Sala del máximo tribunal sostuvo en el fallo que rechazó la nulidad «porque no se hace valer causa legal así como tampoco hechos que puedan importar un perjuicio irreparable, dada la especial tramitación que corresponde dar tanto a la apelación de protección como a la orden de no innovar que se pide en esta sede».

La decisión fue adoptada por los ministros Sergio Manuel Muñoz, Ángela Vivanco, Adelita Inés Ravanales, y los abogados integrantes de María Angélica Benavides y Pedro Águila.
«Estamos muy satisfechos y tomamos con la prudencia la resolución unánime de la Tercera Sala de Corte Suprema, presidida por el ministro Sergio Muñoz, que rechazó de plano la alegación de nulidad de la vista de la causa. Esperamos que Codelco dé pronto cumplimiento a lo resuelto en el fallo de la Corte y no caiga en desacato flagrante, toda vez que se establece que la estatal debe cumplir ‘inmediatamente’ lo ordenado: la devolución de los equipos y al pago de parte de lo adeudado, ya que se determinó que había arbitrariedad e ilegalidad en su actuar y en las retenciones indebidas de los pagos», aseguró uno de los abogados de Movitec, Antonio Saavedra.
Agregó «que de lo contrario, insistiremos con otras acciones judiciales en base a lo resuelto por la Corte Suprema».

Fuente : Emol.cl

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