Convocatoria abierta para la renovación de los Consejos Regionales de la Cultura y las Artes 2016 – 2020

El proceso de recepción de postulaciones cierra la primera semana de diciembre de 2015.

El Consejo Nacional de la Cultura y las Artes invita a todas las organizaciones culturales que tengan personalidad jurídica vigente y domicilio en la región respectiva a participar en el proceso de renovación de sus Consejos Regionales de Cultura, para los siguientes cupos de consejeros, para el periodo 2016-2020 y de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 19.891 y el Decreto Supremo N° 366 de 2003 del Ministerio de Educación:

–          Cuatro personalidades regionales del ámbito cultural.

–          Una personalidad representativa de las actividades culturales de las comunas.

¿Qué es el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes?

El Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (CNCA) es el órgano del Estado encargado de implementar las políticas públicas para el desarrollo cultural.

Su misión es promover un desarrollo cultural armónico, pluralista y equitativo entre los habitantes del país, a través del fomento y difusión de la creación artística nacional; así como de la preservación, promoción y difusión del patrimonio cultural chileno, adoptando iniciativas públicas que estimulen una participación activa de la ciudadanía en el logro de tales fines.

¿Qué son los Consejos Regionales de Cultura?

Los Consejos Regionales de Cultura son la desconcentración territorial del CNCA.

El Consejo Regional está integrado por:

El Director Regional nombrado por el Ministro de Cultura.

El Secretario Regional Ministerial de Educación.

Cuatro (4) personalidades regionales de cultura.

Un (1) representante de las comunas de la región.

Funciones del consejero regional

El cargo de consejero regional es ad honorem, dura cuatro años en ejercicio y entre sus funciones están abordar las políticas culturales en el ámbito regional e interregional, aprobar anualmente el Plan de Trabajo Regional, velar por la coordinación y cooperación entre diversos organismos regionales del ámbito público y privado, mantener un vínculo permanente con los municipios, organizaciones e instituciones culturales de la región; asignar recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes (Fondart Regional), entre otras.

Requisitos de postulación

Las entidades culturales que deseen proponer un candidato para consejero regional de cultura deben acompañar la postulación con la siguiente documentación:

–          Formulario de postulación.

–          Estatutos de la organización.

–          Certificado de vigencia de la personalidad jurídica.

–          Carta de aceptación del postulado.

–          Currículo del postulado (enfatizando el ámbito cultural).

–          Fotocopia de la cédula de identidad.

–          Inscripción en el Registro Regional

Para postular a los cupos de las cuatro personalidades regionales de cultura, las instituciones deberán inscribirse en el Registro Regional de organizaciones culturales, que administra la Dirección Regional de Cultura. Si están inscritas, sólo deben actualizar los datos y vigencia de la organización.

Los requisitos para inscribirse son:

–          Personalidad jurídica otorgada para todo el territorio nacional o para el territorio regional, provincial o comunal, respectivo.

–          Que en sus estatutos se consideren objetivos de naturaleza cultural.

–          Documentación para inscribirse:

–          Certificado de personalidad jurídica vigente.

–          Estatutos de la entidad y sus modificaciones, cuando las hubiere.

–          Identificación de directiva vigente, domicilio de la entidad, número de afiliados.

–          Informe o memoria de las actividades culturales realizadas durante el año inmediatamente anterior, si procediere según su fecha de constitución.

De las inhabilidades de integrantes de los Consejos Regionales

Los postulantes no deben presentar causales de inhabilidad para integrar el Consejo Regional, esto es, no estar afectos a alguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en los artículos 54 y 56 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

Más información en: www.cultura.gob.cl

 

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