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Entre 22 y 24 de marzo: Revisa las excusas para no ser vocal de mesa

Conjuntamente a la excusa, deben presentarse los documentos que acrediten estas causales.

 

Aquellos electores que sean designados para ser vocales de mesa, pero consideren que no pueden cumplir con su labor, entonces deben presentar sus razones ante la junta electoral correspondiente entre el lunes 22 y el miércoles 24 de marzo de 2021.

Las excusas contempladas en la ley para no ser vocal de mesa son las siguientes:

Conjuntamente a la excusa, deben presentarse los documentos que acrediten estas causales.

**La lista definitiva de vocales de mesa será publicada el sábado 27 de marzo y quienes sean designados como reemplazantes no podrán presentar excusas.

Recuerda que la ley establece que no pueden ser vocales de mesa las siguientes personas:

-Las personas que desempeñen cargos de elección popular: Presidente de la República, Parlamentarios, Alcaldes y Concejales.
-Los cónyuges, parientes consanguíneos o afines en toda la línea recta (hijo, nieto, padre, madre, abuelo) y en la colateral hasta el segundo grado inclusive (hermanos). Lo mismo rige respecto de los parientes afines del marido o mujer (suegros, hijos, cuñados; es decir, hermanos del cónyuge).
-Extranjeros (aun cuando tengan derecho a voto), no videntes, analfabetos y aquellos condenados por delitos que regulen las leyes electorales.
-Ministros, Subsecretarios, Intendentes, Gobernadores, Consejeros Regionales, El Contralor General de la República, Jefes Superiores de Servicio y Secretarios Regionales Ministeriales.
-Magistrados de los Tribunales, Jueces Letrados y Jueces de Policía Local, Fiscales del Ministerio Público.
-Los miembros de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad en servicio activo (no incluye al personal administrativo de estas ramas).
-Embajadores y Cónsules de Chile.

Pagos y multas

Quienes desempeñen labores de vocales recibirán un monto de $60 mil pesos por cumplir su rol en ambos días.

El bono se pagará mediante la Tesorería General de la República de preferencia con un depósito en cuenta bancaria.

En tanto, a los nuevos vocales designados por las juntas electorales que, con ocasión de su primera elección en tal función concurran a la capacitación, se les incrementará el bono señalado en la suma de 0,22 unidades de fomento (alrededor de 6 mil pesos).

En caso contrario, la ley establece también una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M, para el miembro de una Mesa Receptora de Sufragios que no se presente a desempeñar sus funciones (Artículo 151 de la Ley Nº 18.700), esto quiere decir, entre $102.978 a $411.912 mil pesos aproximadamente.

 

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