PAÍS

Ser ley, veto presidencial o ir al TC: lo que viene para el retiro del 10 por ciento de las AFP

El proyecto deberá ser enviado a La Moneda, donde se podrá promulgar de manera inmediata o acudir a los otros pasos que indica la ley.

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó este jueves el retiro del 10% de las AFP, quedando en condiciones de ser despachado a ley.

Si bien la iniciativa contó con 116 votos a favor, 28 en contra y 5 abstenciones, la iniciativa aún no está del todo confirmada que sea promulgada como una reforma constitucional porque existen dos instancias que podrían retrasar o evitar dicho proceso.

Así, según la normativa legal vigente, luego de que la Cámara Baja aprobara el proyecto, el Gobierno o parlamentarios podrían recurrir a un veto presidencial o al Tribunal Constitucional, impidiendo que se promulgue.

Los pasos que deberá seguir el despacho de la iniciativa es:

  • La Cámara de Diputadas y Diputados realizará un oficio promulgatorio, el cual será enviado a la Secretaría General de la Presidencia
  • El documento original debe ser entregado a La Moneda, directamente en Santiago
  • La aprobación pasa a la Contraloría a menos que se decida recurrir al veto o el TC

Respecto de esto último, los parlamentarios tienen hasta 5 días tras la aprobación para acudir al TC.

No obstante, cabe remarcar que si el Presidente de la República no promulga la ley en un plazo de 30 días, esta es promulgada de manera automática.

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