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Tercer 10 por ciento: Los montos, quiénes podrían retirar y cuándo podría ser ley

El proyecto avanzó en la Cámara de Diputadas y Diputados, quedando para el lunes su tramitación en el Senado.

 

Una vez aprobado en la Cámara de Diputadas y Diputadas el proyecto del tercer retiro del 10%, todavía debe atravesar un largo camino antes de ser completamente despachado y estar en condiciones de transformarse en ley para recibir el dinero.

El próximo paso del retiro excepcional de fondos de las AFP será ingresar al Senado a través de la Comisión de Constitución de la Cámara Alta.

Justamente, para este lunes 19 de abril está citada una sesión especial en el Senado. De acuerdo a los equipos de 24 Horas en el Congreso, existe la posibilidad de que el presidente de la Comisión de Constitución, el senador Pedro Araya, pueda dar cuenta del proyecto ese mismo día y, eventualmente, ser revisado inmediatamente en esa instancia.

Existe la posibilidad, aunque lejana, de que el retiro del 10% sea aprobado tal cual en la Comisión de Constitución. En ese caso, el mismo lunes, en el mejor de los casos, se podría votar el proyecto en la sala de la Cámara Alta. 

Sin embargo, lo más probable es que los senadores también realicen modificaciones a lo aprobado. En este segundo caso, pasaría a tercer trámite constitucional y volvería a la cámara baja para una revisión de los cambios propuestos.

Todo esto aún no considera que el gobierno todavía no oficializa que llevará el proyecto de reforma transitoria para el retiro de fondos previsionales al Tribunal Constitucional. De hacerlo, el TC no posee plazos definidos para revisar el proyecto, por lo que es una incógnita para cuando podría ser visto.

A eso se agrega, que existe la posibilidad de que el TC considere el proyecto emanado del Congreso como inconstitucional lo que dejaría todo en cero.

En todo este contexto, el proyecto podría ver la luz recién a final de mes, a menos que sea llevado por el Ejecutivo al TC.

MONTOS Y QUIÉNES PODRÍAN RETIRAR

En caso de ser ley, la instancia sería similar al segundo, y le permitiría a los afiliados, a excepción de las altas autoridades, sacar su 10% de sus ahorros, con un monto mínimo de 35 UF ($1 millón) y un máximo de 150 UF (aproximadamente 4,3 millones de pesos).

Si una persona tenga ahorrado menos de un millón, podrá hacer retiro de todos sus fondos.

El pago de impuestos por concepto de retiro aún no está definido, siendo éste uno de los puntos de mayor conflicto en la discusión.

Asimismo, el pago se haría en dos cuotas en el que caso que sean más de 35 UF. Y, si la persona retira un millón o menos, se le depositará todo el dinero en una única cuota.

Respecto de los plazos, el pago se hará 10 días hábiles desde la solicitud.

Además, la reforma incluye una indicación que le permite a quienes reciben rentas vitalicias poder acceder de «una vez y de forma voluntaria» a solicitar un adelanto del pago de sus rentas «hasta por el monto equivalente al diez por ciento de los fondos originalmente traspasados a la respectiva compañía de seguros»

El pago tendría un monto máximo de pago de 150 UF.

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