Defensa de Karen Rojo afirma que no corresponde control de detención y asegura que ya ha cumplido el 80% de su condena

 

El abogado defensor de la exalcaldesa de Antofagasta, Karen Rojo, Fidel Castro Allendes, aseguró que los antecedentes oficiales del caso no contemplan un control de detención cuando su representada regrese a Chile desde Países Bajos, argumentando que la orden judicial vigente dispone únicamente su ingreso a un recinto penitenciario para cumplir el saldo de la condena.

El penalista sostuvo que la interpretación de la defensa se basa en la resolución emitida por el Juzgado de Garantía de Antofagasta el 24 de marzo de 2022, la cual ordena la detención de Rojo con el objetivo de conducirla al centro penitenciario más cercano para cumplir la pena de cinco años y un día de presidio, sin establecer la realización de una audiencia de control de detención.

Según explicó, esta interpretación también estaría respaldada por un certificado incorporado a la causa con fecha 11 de diciembre de 2025, donde se señala que la orden de detención constituye una orden suficiente para el ingreso al establecimiento penitenciario correspondiente.

Castro Allendes además citó la respuesta que el Estado de Chile entregó el 25 de enero de 2024 al Ministerio de Justicia y Seguridad de los Países Bajos durante el proceso de extradición. En ese documento, las autoridades chilenas indicaron que, una vez entregada al país, Karen Rojo no deberá permanecer en prisión preventiva, sino cumplir el saldo de la pena impuesta.

El defensor añadió que el mismo documento precisa que la autoridad penitenciaria ya definió como recinto de reclusión el Centro Penitenciario Femenino de Santiago, lo que, a su juicio, descarta la necesidad de una audiencia previa ante un tribunal de garantía.

Respecto de los beneficios penitenciarios, el abogado señaló que una vez que Rojo ingrese al sistema carcelario, la defensa podrá ejercer las acciones que contempla la legislación sobre ejecución de penas. En ese contexto, afirmó que la exjefa comunal tendría actualmente cerca del 80% de la condena cumplida, considerando los abonos que estima aplicables.

Asimismo, recordó que las policías deben ejecutar las órdenes judiciales en los términos en que fueron dictadas, citando el artículo 76 de la Constitución, que establece la obligación de cumplir los mandatos judiciales sin cuestionar su fundamento u oportunidad.

En paralelo, el subdirector de la Unidad de Cooperación Internacional y Extradiciones del Ministerio Público, Álvaro Hernández, confirmó que el traslado de Karen Rojo desde Países Bajos a Chile debería concretarse durante las próximas dos semanas, una vez finalizado el operativo de extradición.

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