OPINIÓN

«Acciones reparatorias frente a la Violencia de Género» Por Fiscal Regional de Atacama, Alexis Rogat Lucero

Con frecuencia la comunidad resulta estremecida por actos de violencia doméstica, expresivos de un flagelo social atávico en que está presente la agresión o el maltrato, físico o psicológico por parte de uno o varios miembros de una familia contra otros/as integrantes de la misma. Este fenómeno es conocido como Violencia Intrafamiliar (VIF).

La sociedad moderna junto con indagar sobre las causas del fenómeno, afincadas en una inveterada estructura valórica, de corte autoritario y patriarcal, ha avanzado progresivamente en la formulación legislativa orientada a reprimir y, también, a prevenir la ocurrencia de actos de VIF, cuyo es el caso en Chile de la Ley 20.066, vigente desde el 22 de septiembre de 2005, cuyo propósito es prevenir, sancionar y erradicar la violencia y otorgar protección a las víctimas de la misma, ya sea del delito de Maltrato habitual, tipificado en dicha ley o de aquellos delitos contra la integridad física, cometidos en contexto de violencia intrafamiliar, establecidos en el Código Penal.

Los objetivos de la Ley 20.066 entroncan, precisamente, con las funciones del Ministerio Público: dirigir la investigación de delitos, ejercer la acción penal y, especialmente, adoptar las medidas para proteger a las víctimas de los delitos, entre los cuales aquellos derivados de actos VIF constituyen un segmento muy relevante.

Actualmente los índices sobre VIF señalan que la mujer es la principal víctima de este tipo de agresiones y que la mayoría de los ataques ocurren al interior de la relación de pareja, configurando a la VIF como una manifestación de violencia de género, estableciéndose al hogar familiar como el contexto habitual donde opera este fenómeno el cual se advierte notoriamente acentuado en los casos de falta de autonomía económica de la mujer respecto del agresor, constituyendo esta dependencia una de los motivos que la disuaden de realizar las denuncias o bien a retractarse de las mismas y renunciar a colaborar con la Fiscalía en la persecución del imputado.

Ante esta precaria realidad, la Fiscalía Regional de Atacama, en el ejercicio de su rol protector de mujeres víctimas de violencia de género, ha decidido innovar en ello y, en tal sentido, con el fin de contribuir a que las mujeres víctimas superen su dependencia económica del agresor, acaba de suscribir con el Fondo de Solidaridad e Inversión Social de Atacama (Fosis), un Convenio de Colaboración cuyo fin es promover el acceso prioritario de mujeres víctimas de violencia de género, como usuarias de los programas de emprendimiento, talleres e incluso apoyo en reparaciones de vivienda y entrega de enseres, a ejecutarse por Fosis, a través de la derivación directa de las víctimas por parte de la Fiscalía Regional de Atacama, institución que ha encontrado en la oferta programática del Fosis una nueva y muy valiosa herramienta para contribuir de manera más eficiente a la protección y apoyo a las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar.

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