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OPINIÓN

Exploración Minera y Pensión Garantizada Universal (Por: Daniel Weinstein, Abogado, Socio Cámara Minera de Chile)

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Si hace solo un par de meses hubiese visto una columna titulada “Exploración Minera y Pensión Garantizada Universal”, probablemente la hubiera leído exclusivamente por curiosidad, puesto que es difícil imaginarse que tienen en común estos dos temas. Sin embargo, en el contexto de la Pensión Garantizada Universal, y en concreto con sus fuentes de financiamiento, con fecha 4 de febrero del 2022, se publicó la Ley N° 21.420 que «Reduce o elimina exenciones tributarias que indica» (la “Ley”), la cual introduce una serie de reformas al Código de Minería (el «Código»).

Modificar un cuerpo legal tan importante como el Código por medio de una ley que dice relación con un tema de pensiones es, por decir lo menos, llamativo. Sin entrar a juzgar si las modificaciones fueron buenas o malas, la técnica legislativa no es la apropiada. A nadie se le ocurriría por ejemplo en un párrafo de la Ley del Deporte modificar la composición del Senado, o aprovechar una modificación a la Ley de Fármacos para reformar la Ley de Migración. Ahora bien, alguien puede decir que, como la Ley buscaba fuentes de financiamiento y se subieron las patentes mineras, estaba justificado. Pero como veremos, las modificaciones van mucho más allá de la mera alza en los montos de las patentes mineras.

El Código, en conjunto con la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras y la Constitución Política de la República, han dotado a la minería de una institucionalidad que, durante casi 40 años, han dado estabilidad al sector minero, atrayendo así cuantiosas inversiones, las cuales han convertido a Chile en un ejemplo a seguir. Todo lo anterior no significa que el Código sea intocable; de hecho, pienso que necesita ciertas modificaciones, pero estas deben realizarse considerando al sistema minero como un todo y escuchando a los expertos.

Sobre este último punto, cabe destacar que recibieron audiencia en la Comisión de Hacienda representantes de varias asociaciones gremiales, pero nadie del sector minero, omisión que pienso ocurrió porque las modificaciones al Código fueron introducidas, haciendo una analogía con el futbol, “en los descuentos”. En efecto, en el Mensaje del proyecto de la Ley de fecha 21 de diciembre de 2021 nada dice de la minería. Revisando la historia de la Ley, las reformas al Código recién aparecen en una presentación del Ministro de Hacienda de fecha 18 de enero del presente, cuando éstas ya habían sido presentadas para su discusión.

Lamentablemente, la historia de la Ley no está completa aún en la Biblioteca del Congreso Nacional, por lo que no es posible conocer la fundamentación que se hizo cuando se introdujeron al proyecto de la Ley las disposiciones referidas a la minería. Lo más cercano que tenemos para entender las razones de las modificaciones al Código, además de recaudar más dinero, están plasmadas en un Informe de la Comisión de Hacienda del Senado de fecha 24 de enero de 2022, el cual contiene en una sola página la exposición del Jefe de Asesores del Ministerio de Minería titulada “Modernización Concesiones Mineras”, indicando que, la existencia de grandes superficies bajo concesiones mineras, dificulta la entrada de nuevos actores e impide el desarrollo de infraestructura.

En la presente columna me centraré somera y exclusivamente en dar mi opinión sobre las materias que se modifican o introducen por la Ley en relación con las concesiones de exploración. Si les interesa, pueden encontrar más información sobre estas modificaciones aquí. (https://camaraminera.cl/modificaciones-introducidas-por-la-ley-n21-420-a-las-concesiones-de-exploracion/)

 

Respecto al Aumento del plazo de la concesión de exploración a 4 años, pienso no tendrá un gran impacto, pero tampoco ayudará a darle dinamismo a la propiedad minera. Si el concesionario minero deja de explorar faltando aún varios años para que se extinga la concesión, durante ese tiempo la concesión no estará disponible para otros interesados en explorar dicha área.

En cuanto a la Obligación de informar, la Ley incorpora la obligación del titular de una concesión de exploración de, una vez extinguida dicha concesión o transcurrido el plazo de otorgamiento, remitir al Servicio Nacional de Minería (el “Servicio”) toda la información geológica que hubiere obtenido de los trabajos de exploración. Esta obligación solo es novedosa en cuanto deja la carga de la presentación al titular.

El contar con un sistema centralizado de información geológica y minera construido en base a los trabajos que han realizados los concesionarios mineros es un anhelo de larga data, que no obstante lo establecido en el artículo 21 del Código y la Ley N°20.819, no ha podido desarrollarse cabalmente. No queda claro qué nivel de información deberá entregarse, la forma y varios otros aspectos de importancia, los cuales deberían regularse en el futuro reglamento de la Ley. El éxito de esta medida dependerá mucho por ende de ese reglamento. Si se tiene éxito y dicha información es puesta a disposición de los interesados, sin duda se alentarán futuras exploraciones.

Además, para reemplazar el PSAD56 actualmente en uso, la Ley establece que el pedimento deberá expresar las coordenadas en datum SIRGAS. El Servicio publicará las nuevas coordenadas, existiendo un plazo para que el titular de la concesión las objete o solicite su inclusión. Las nuevas coordenadas deberán inscribirse por el titular de la concesión y, si no lo hace en los plazos establecidos en la Ley, se producirá la caducidad de los títulos mineros. Si bien el cambio al datum SIRGAS constituye un intento por modernizar y uniformar el sistema de referencia geodésico, es previsible que la medida sea inicialmente difícil de implementar, suscitando por ende controversias y un aumento de juicios mineros y, en algunos casos, la caducidad de los títulos.

También se aumentó el monto de la patente minera y se indica que para amparar la concesión de exploración deberá hacerse pago por cada hectárea completa del equivalente a 3/50 de UTM para cada año de vigencia de la concesión. Esto representa un aumento de tres veces el monto actual.

En primera instancia, puede pensarse que este aumento desincentivará la solicitud y mantención de concesiones sobre las cuales no se realizan trabajos, lo cual dará lugar a una mayor disponibilidad de concesiones y por ende se incentivará la exploración. Sin embargo, podría eventualmente no surtir tal efecto, puesto que, si bien el aumento es significativo, está dentro del alcance de las grandes compañías. Por el contrario, este aumento podría encarecer de sobremanera la exploración que hacen las compañías mineras junior, las cuales tienen un presupuesto bastante más reducido. Asimismo, el no pago de la patente debe ser debidamente detectado, debiendo seguirse un procedimiento y salir a remate las concesiones, lo cual alarga los tiempos de indisponibilidad para nuevas exploraciones.

La Ley limita el ejercicio de acciones posesorias por parte del concesionario minero en contra del dueño o poseedor de los predios superficiales, solo pudiendo ejercerse en aquellos casos en que el concesionario acredite ser titular de un derecho real de servidumbre minera u otro derecho real que grave dicho predio. Esta limitación tiene su origen en la mala práctica de personas que constituyen concesiones mineras no para fines mineros, sino para exigir dinero a quienes pretenden desarrollar proyectos de energía o de otro tipo en los predios superficiales. Sin duda esta es una buena noticia para el desarrollo del país, aunque puede tener efectos negativos para el concesionario que efectivamente ejercía labores de exploración, toda vez que ahora se verá prácticamente obligado a solicitar servidumbre u otro derecho real, algo que, en la práctica, no sucedía en las etapas tempranas de exploración.

El impacto que causarán estás modificaciones contenidas en la Ley deben analizarse en conjunto con las que sufrieron las concesiones de explotación y el sistema minero en general, lo cual excede el propósito de esta columna.

Sin embargo, vuelvo a hacer presente que, si se quería “modernizar” el Código, debería haberse realizado por medio de una ley específica, y no una cuyo fin es, según se consigna en el primer informe de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados,  el aumentar la recaudación fiscal, eliminando o  reduciendo un conjunto de exenciones tributarias que hoy ya no se justifican, con el principal objetivo de incrementar de modo sustancial las condiciones económicas de los adultos mayores, a través de una reforma previsional. Esperemos que las futuras modificaciones que afecten a la minería se efectúen de forma sistemática y orgánica, escuchando a expertos y a asociaciones gremiales ligadas a la minería.

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Los árboles no dejan ver el bosque ( Rodrigo Rojas Veas, Rector Santo Tomás Copiapó )

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Estamos sumidos en un marasmo de situaciones contingentes de alta complejidad en materias como la economía y la seguridad que concentran de forma excluyente la atención y las energías de los decisores. De manera subyacente, se ha fraguado una crisis de magnitudes inconmensurables para el presente y el futuro en la Educación, la que intuíamos desde hace tiempo pero que fue siendo postergada en su análisis y su abordaje ante la premura de atender lo relacionado con la pandemia.

 

Esta semana conocimos el informe “Panorama social de América latina y el caribe” de la Cepal, la que advirtió que “la región atraviesa un complejo escenario con un impacto silencioso y devastador por la crisis educacional producto de la pandemia. El informe destaca que nuestra región sufrió el apagón educativo más prolongado a nivel internacional, en promedio 70 semanas de cierre de establecimientos frente a 41 semanas en el resto del mundo. En Chile, estudios indican que fuimos uno de los países del mundo que tuvo más tiempo cerradas sus escuelas. En promedio, se estima que perdimos un año escolar especialmente en la educación municipal.

 

Ante las urgencias, primero de la salud, hoy de la economía, la seguridad y al hecho de que no aparece como prioridad en ninguna encuesta, esta crisis educacional aparece como secundaria. Por tanto, para el mundo político que se afana en buscar acuerdos para una nueva constitución, y para distintas reformas, la Educación, salvo excepciones, no concita el interés para buscar un acuerdo social transversal como el que se necesita para hacerse cargo del daño presente y futuro que ya se evidencia para las nuevas generaciones. Carecemos de un diagnóstico que nos permita elaborar un plan que enfrente las consecuencias que ya se manifiestan en el aumento del ausentismo, las pérdidas de aprendizajes, la falta de habilidades para relacionarse socialmente, la disminución de la entrega de beneficios asistenciales como la alimentación y el aumento de la deserción, entre otras. Asimismo, se requiere que las familias asuman un rol preponderante tomando conciencia de la importancia de algo tan básico como llevar a sus hijos e hijas a los establecimientos de enseñanza parvularia, básica y media. De apoyarles en sus aprendizajes, de colaborar en recuperar la autoridad de los educadores, todo lo que debe complementar el aumento de recursos que se deberá proveer para la implementación de un plan de recuperación del sistema educacional como lo hizo Estados Unidos, que aumentó un 17% su presupuesto dedicado a la Educación.

 

Aumentar los recursos para la Educación es condición necesaria pero no suficiente. Se requiere el involucramiento de las familias, las instituciones públicas y privadas, los profesores y los propios estudiantes para recuperar, de manera sistémica y sistemática, el rol de la Educación como la columna vertebral de nuestra sociedad.

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«Pobreza: la peor de las violencias contra la mujer» Por Solange Veloso, (Hogar de Cristo)

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Hay tantas violencias distintas contra la mujer, pero no hay ninguna más feroz que la pobreza, porque involucra todas las demás.

De esas violencias, como directora de operación social territorial del Hogar de Cristo, conozco más de las que quisiera. A modo de tributo en el Día Internacional para Eliminar la Violencia contra la Mujer, quiero comentar algunas de ellas, que tienen cara y nombre. Pero antes explico el sentido de este conmemoración que este viernes 25 de noviembre marca el comienzo de la Campaña Únete de la ONU, la que abarca 16 días y culmina con el dedicado a los Derechos Humanos.

“La chica bomba”, Alejandra (48), vive en situación de calle desde la infancia. Su historia parece sacada de una novela de Nicomedes Guzmán. “Yo caí en las drogas, porque yo, señorita, fui abusada por mi propio hermano y quedé embarazada cuando tenía 11 años. Ahí nació mi primera hija, que fue criada por mi tía Sabina con quien nunca más tuve contacto”. Alejandra tuvo otros dos hijos y el día más feliz de su vida fue cuando conoció a uno de ellos, al que ha visto sólo dos veces. De su día a día, en calle, dice: “Quiero tener un baño digno donde poder bañarme como la gente, donde nadie la esté mirando a una, donde uno pueda defecar tranquila. Porque si no se ha dado cuenta, todos defecan por aquí”.

Si el caso de Alejandra impacta, el de Cecilia demuele. “No alcancé a salir, porque, cuando me iba a parar, él me tiró bencina encima. Y, al segundo, me prendió fuego. Fue porque no quise tener relaciones con él. Le dije que éramos sólo amigos, aunque  viviéramos en el mismo ruco. De ahí, no supe más de mí en seis meses”. Así recuerda esa fatídica noche de hace tres años. Cecilia (35) vivió durante diez años de forma intermitente en situación de calle, deambulando entre la casa de su mamá y la intemperie. Hoy está en una hospedería del Hogar de Cristo, tiene el 65% del cuerpo quemado, le amputaron tres dedos de una mano a causa de las quemaduras y espera a un tercer hijo al que piensa dar en adopción.

No existe manifestación más cruda de la pobreza que la vida en calle. Y en el caso de las mujeres esa realidad se amplifica en materia de vulneraciones, porque ser pobre, no contar con un techo, tener problemas de consumo, no saber leer ni escribir, venir de un país aún más pobre y ser mujer es lo que los estudiosos llaman “interseccionalidad”. Una suma de condiciones que profundizan la desigualdad y la violencia. Quizás recuerden a Joane Florvil, una migrante haitiana de 27 años, que murió porque nadie entendió por qué había dejado a su hijita, supuestamente abandonada. Fue injustamente acusada y murió de una crisis hepática, golpeándose contra las paredes de la celda donde la habían encerrado.

La violencia contra la mujer no es solo el golpe que le propina su pareja, o un agarrón en la micro, o la manipulación de un explotador sexual, es sobre todo la pobreza. Los invito a leer el estudio “Ser Niña en una Residencia de Protección en Chile”, que Hogar de Cristo publicó en 2021, porque describe a la perfección de qué hablo.

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«Remuneraciones en UF: ¿Estamos preparados?» Por Christian Acuña-Opazo. (Académico. U.Central Coquimbo)

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Según el Banco Central de Chile, la Unidad de Fomento (UF) es un índice de reajustabilidad de acuerdo a la variación que experimenta el Índice de Precios al Consumidor (IPC), permitiendo preservar el poder adquisitivo del dinero. La UF fue creada en 1967 durante el gobierno del presidente Eduardo Frei Montalva, con el propósito de revalorizar los ahorros de acuerdo con las variaciones de la inflación, así el dinero ahorrado en bancos mantendría su valor (poder adquisitivo). Hoy el escenario es distinto, prácticamente el 30% de los gastos están indexados en UF, tales como créditos bancarios y arriendos, entre otros.

Luego del período 2020-21 (post-pandemia), los chilenos se han visto afectados por la inflación, que ha endurecido el bolsillo de las personas. A septiembre del 2022, la inflación acumulada es del 10,8% y en los últimos 12 meses, este porcentaje llega al 13,7%; el mayor nivel en 27 años. Bajo este escenario, la sensación de las personas es que sus remuneraciones no les permiten acceder a los productos y servicios como años o meses atrás, ya que los precios se han reajustados aceleradamente. Pero, ¿cómo amortiguar sus efectos negativos? ¿pueden las empresas definir las remuneraciones de los trabajadores en UF?

El tejido empresarial chileno, en particular las pymes, por lo general no tienen la capacidad de definir las remuneraciones en UF, ya que esto impactaría directamente en los costos operacionales, trasladando estos costos a los precios de los productos o servicios. Esto último no sería conveniente para la economía por dos razones principales: no se alinea con la generación actual de puestos de trabajo e impacta directamente en los costos, por ende, en los precios finales.

Este escenario inflacionario debería disminuir hacia 2023-24, sin embargo, nada asegura que en un futuro plazo no tengamos nuevamente procesos inflacionarios, por lo que un análisis de medidas que permitan aliviar esta carga y mejorar la sensación de poder adquisitivo, se hace cada vez más urgente.

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