
La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a ley, este martes, la denominada “Ley Jacinta”, iniciativa que endurece las exigencias para acreditar aptitudes físicas y psíquicas en la obtención de licencias de conducir. El proyecto fue aprobado por unanimidad y sin debate en su último trámite, ratificando las modificaciones introducidas por el Senado.
La iniciativa, impulsada por la diputada Erika Olivera (Demócratas), modifica la Ley de Tránsito y otros cuerpos legales, y rinde homenaje a Jacinta González Schnitzer, una niña que falleció con cinco meses de vida el 28 de agosto de 2022, tras un accidente de tránsito provocado por un conductor de 80 años que manejaba pese a padecer un cáncer en etapa IV.
La nueva norma establece la obligación de suscribir declaraciones juradas para todo tipo de licencias de conducir, en las que las personas deberán acreditar no padecer enfermedades inhabilitantes o restrictivas. Declarar falsamente la inexistencia de estas condiciones constituirá una infracción gravísima, con riesgo de cancelación definitiva de la licencia.
Asimismo, la evaluación de la idoneidad física y psíquica de postulantes y titulares de licencias deberá realizarse conforme a un reglamento que dictará el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual deberá ser suscrito también por el Ministerio de Salud. Dicho reglamento deberá ser elaborado dentro de los 12 meses posteriores a la publicación de la ley en el Diario Oficial.
La ley establece además que las municipalidades deberán aplicar un procedimiento reglamentado para acreditar estas condiciones en los procesos de otorgamiento y control de licencias de conducir.
Junto a lo anterior, el proyecto incorpora requisitos de retrovisión en vehículos de carga y condiciones para acompañantes en licencias clase C. Las modificaciones a la Ley de Tránsito comenzarán a regir 90 días después de publicado el reglamento correspondiente.
La “Ley Jacinta” también introduce cambios a la normativa que regula el seguro obligatorio de accidentes personales, con el objetivo de aumentar los montos de cobertura y reducir los plazos de pago en caso de fallecimiento.
Finalmente, la moción contempla una modificación al Código del Trabajo para mejorar el fuero laboral de un mes para trabajadores que sufran la pérdida de un hijo, hija, cónyuge o conviviente civil. En el caso de contratos a plazo fijo o por obra o servicio determinado, el fuero se mantendrá vigente por el mismo período o hasta el término del contrato.
