Sindicato N° 2 de Codelco El Salvador decreta Huelga Legal

Votación se dan en medio de rumores de cierre de la mina. El Sindicato 6 aceptó la oferta de la empresa, sin embargo el Sindicato 2, rechazó la propuesta e inició su proceso de Huelga Legal

Luego de las anunciadas votaciones efectuadas por los trabajadores del mencionado sindicato los días martes 30 y miércoles 31 de agosto para aceptar la última oferta de negociación colectiva reglada, los mineros pertenecientes al sindicato número dos de Potrerillos informaron en las primeras horas del jueves el resultado de la votación donde participaron 579 trabajadores.

En la segunda jornada de votación y en el marco de los rumores sobre un posible cierre de la mina y el debate por una derogación de la Ley Reservada del Cobre, el sindicato 2 informó el siguiente resultado.

Última Oferta : 228 Votos
Huelga : 346 Votos
Nulos : 4 Votos
Blanco : 1 Votos

Con dicho resultado el sindicato decreta la huelga legal, agradeciendo a los funcionarios que conformaron el tricel y qu, permitieron el desarrollo expedito y transparente de las votaciones.

Mas adelante en su comunicado el sindicato número 2, señala que estarán informando el día que se hará efectiva la huelga acordada en la votación, quedando a  la espera de la respuesta de la Inspección del trabajo, reglada en el codigo laboral, artículo 374.

El vocero del sindicato 2, Waldo Gómez, explicó que «en el sindicato 2 de Potrerillos se rechazó la última oferta y nos vamos a huelga, el sindicato 6 aprobó la oferta.

“Hoy día, ya votada la huelga, se supone que en tres días se tiene que hacer efectiva y ese tercer día cae el día sábado. Según lo que indican no puede ser la huelga porque es un día inhábil y se trasladaría para el día lunes 5”, precisó.

En tanto, el presidente del sindicato 2, Patricio Elgueta, sostuvo que “la empresa no ofreció nada nuevo, nos tramitó. Lo que yo veo es que si la empresa, y lo vemos como directorio de sindicato, con mandato de la asamblea, que si la empresa quiere solicitar un buen oficio y no trae nada nuevo, nosotros no nos vamos a sentar en la mesa”.

En la negociación que ya se extiende por cuatro semanas, la empresa ofreció un 0 por ciento de reajuste salarial y un bono de término de conflicto cercano a los dos millones de pesos.

La huelga acordada se deberá concretarc al inicio de la respectiva jornada del tercer día siguiente a la fecha de su aprobación. Este plazo podrá prorrogarse, por acuerdo entre las partes, por otros diez días, señalaron.

Si la huelga no se hiciere efectiva en la oportunidad indicada, se entenderá que los trabajadores de la empresa respectiva han desistido de ella y, en consecuencia, aceptan la última oferta del empleador. Lo anterior se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 369, facultad esta última que deberá ejercerse dentro del plazo de cinco días contados desde la fecha en que debió hacerse efectiva la huelga.

Se entenderá que no se ha hecho efectiva la huelga en la empresa si más de la mitad de los trabajadores de ésta, involucrados en la negociación, continuaren laborando en ella.

Para los efectos de lo dispuesto en este artículo, en aquellas empresas en que el trabajo se realiza mediante el sistema de turnos, el quórum necesario para hacer efectiva la huelga se calculará sobre la totalidad de los trabajadores involucrados en la negociación y cuyos turnos se inicien al tercer día siguiente al de la aprobación de la huelga.
Se reitera el estar en estado de alerta y que este medio será el único medio oficial de información sumado a las asambleas de socios, señalaron desde El mineral de El Salvador durante este jueves.

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