MINERÍA

SMA inicia procedimiento sancionatorio contra planta metalúrgica Magnetita de CMP

El jefe regional de la SMA en Atacama, Felipe Sánchez, explicó que “fiscalizamos la instalación junto a profesionales de la Seremi de Salud, de la Dirección Regional de Vialidad, del SAG y Sernageomin”.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio contra la Planta Metalúrgica Magnetita de la Compañía Minera del Pacífico (CMP), debido a dos incumplimientos ambientales detectados respecto de sus permisos, relativos a emisiones de material particulado y a la Línea de Transmisión Eléctrica que abastece al proyecto.

La planta de magnetita produce concentrado de hierro a partir del aprovechamiento de los excedentes del cobre. El subproducto del cual se obtiene el mineral magnético proviene de Compañía Contractual Minera Candelaria.

El jefe regional de la SMA en Atacama, Felipe Sánchez, explicó que “en este caso, fiscalizamos la instalación junto a profesionales de la Seremi de Salud, de la Dirección Regional de Vialidad, del SAG y Sernageomin, realizando una inspección multidisciplinaria para revisar los compromisos ambientales de esta faena”.

Añadió que “especial atención tuvimos respecto del trazado de la Línea de Transmisión de 8,2 kilómetros, que provee de energía a la planta, y que implicaba medidas para cactáceas y reptiles con problemas de conservación, según quedó establecido en la evaluación ambiental. En este caso, se detectaron diferencias de hasta 268 metros respecto a lo informado en los vértices del trazado, lo cual excede a los límites de 50 metros que podrían moverse los postes”.

Sánchez agregó que “esto es importante, porque el proyecto se emplaza en el sitio prioritario “Desierto Florido”, caracterizado por ser una zona de alto valor biológico por la concentración y variedad de especies endémicas. Por otra parte, Tierra Amarilla es un área declarada zona saturada por Material Particulado (MP10), por lo que es prioritario controlar las exigencias asociadas al manejo de emisiones en este territorio”.

Tras el análisis jurídico de los hechos constatados en terreno, se le imputan a la empresa dos cargos: el emplazamiento del trazado la línea de Transmisión Eléctrica difiere del trazado presentado en Adenda del Proyecto “Línea Eléctrica 110 kV Cardones Planta de Magnetita” —clasificado como grave—. El segundo es que la aplicación de aglomerante en sectores secos del acopio no se está realizando con una periodicidad que asegure su efectividad para controlar las emisiones de material particulado —clasificado como leve—. Con todo lo anterior, la empresa arriesga multas de hasta 6.000 Unidades Tributarias, equivalentes a $4.555 millones.

Tras la formulación de cargos, la empresa tiene 15 días para presentar sus descargos, o bien, 10 días para presentar un Programa de Cumplimiento ante la SMA.

 

Fuente:MCh.

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