Cuba autoriza inversiones de ciudadanos residentes en el extranjero en medio de crisis económica

 

El gobierno de Cuba comenzó a aplicar una nueva normativa que permitirá a ciudadanos cubanos residentes en el exterior realizar inversiones directas en la isla, en una medida orientada a fortalecer los vínculos económicos con la diáspora y enfrentar la compleja situación financiera que atraviesa el país.

La disposición quedó oficializada tras la entrada en vigor del Decreto-Ley 117 y su reglamento, publicados en la Gaceta Oficial, normativa que establece la categoría migratoria de “inversores y de negocios” para cubanos residentes fuera del territorio nacional.

La decisión ya había sido adelantada por las autoridades cubanas durante 2024 y forma parte de una serie de reformas impulsadas por La Habana en un contexto marcado por la crisis económica, la falta de acceso a financiamiento internacional y las presiones externas para avanzar en cambios estructurales.

El objetivo del gobierno es promover inversiones provenientes principalmente de la comunidad cubana en el extranjero, estimada en cerca de tres millones de personas, con especial interés en el potencial económico de los cubanoamericanos.

El ministro de Comercio Exterior e Inversión Extranjera, Oscar Pérez-Oliva, había señalado previamente que la medida apunta a fomentar no solo actividades comerciales, sino también inversiones de mayor escala en sectores estratégicos como turismo, minería y energía.

Desde el Ministerio del Interior, el jefe de Identificación, Inmigración y Extranjería, Mario Méndez, afirmó que quienes obtengan esta nueva categoría contarán con los mismos derechos que las personas con residencia efectiva en Cuba.

Además, explicó que se trabaja en nuevas regulaciones que permitan a estos inversionistas operar directamente en el país sin necesidad de intermediarios o terceros.

La autoridad también confirmó que la nueva normativa elimina el concepto de “emigrado”, utilizado anteriormente para quienes permanecían más de 24 meses consecutivos fuera de la isla.

Por su parte, la Cancillería cubana indicó que la condición de inversionista deberá ser solicitada a través de los consulados y requerirá acreditar vínculos con empresas o entidades económicas, además de contar con un proyecto de negocio aprobado en Cuba.

La reforma contempla además modificaciones a la Ley de Migración que entrarán en vigencia dentro de 180 días y que permitirán, entre otros aspectos, que cubanos residentes en el extranjero puedan conservar propiedades en la isla aunque permanezcan fuera del país por más de dos años.

Asimismo, se incorpora el concepto de Residencia Efectiva Migratoria, mediante el cual podrán ser reconocidos como residentes quienes permanezcan en Cuba más de 180 días acumulados al año o acrediten vínculos familiares, laborales, económicos o patrimoniales con el país.

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