Bono Atacama: despachan al Senado beneficio para los menores sueldos

La iniciativa deberá cumplir su segundo trámite constitucional en el Senado y en términos concretos, el beneficio consta de la entrega de una asignación extraordinaria por los años 2016 y 2017.

La Cámara de Diputados ratificó este martes el articulado del proyecto que otorga una asignación extraordinaria, por única vez, a los funcionarios públicos de menores remuneraciones de la Región de Atacama.

Ahora la iniciativa deberá cumplir su segundo trámite constitucional en el Senado y en términos concretos, el beneficio por el que se paralizaron los funcionarios de los organismos públicos, consta de la entrega de una asignación extraordinaria por los años 2016 y 2017.

Va dirigido a los funcionarios públicos de la Tercera Región que tengan contrato vigente al 1 de enero de 2016; se encuentren en servicio a la fecha del pago de la asignación; y tengan derecho a una remuneración bruta mensual igual o inferior a $700.000 por una jornada de trabajo de 44 o más horas semanales en el mes inmediatamente anterior al pago de la asignación extraordinaria.

Para quienes tengan una jornada de trabajo inferior, se requiere tener derecho a una remuneración bruta mensual igual o inferior a la que resulte de multiplicar el monto señalado por la fracción de jornada que realicen respecto de una de 44 horas.

A su vez, tendrán derecho a la mitad del beneficio, quienes tengan derecho a una remuneración bruta mensual superior a $700.000, pero inferior o igual a $810.000 por una jomada de trabajo de 44 o más horas semanales en el mes inmediatamente anterior al pago de la asignación extraordinaria.

En tanto, para quienes tengan una jornada de trabajo inferior, se requiere tener derecho a una remuneración bruta mensual igual o inferior a la que resulte de multiplicar el monto máximo señalado por la fracción de jornada que realicen respecto de una de 44 horas.

Este incentivo extraordinario incluye al personal de planta, a contrata o contratados acorde a la normativa del Código del Trabajo; el personal, de planta o a contrata de la Dirección General de Aeronáutica Civil; de la atención primaria de Salud Municipal: asistentes de la educación municipal; funcionarios académicos, no académicos, profesionales y directivos de la Universidad de Atacama; y funcionarios municipales.

La asignación extraordinaria ascenderá a la suma anual de $200.000 para los funcionarios que cumplan los requisitos y que tengan una remuneración bruta mensual igual o inferior a $700.000 por una jornada de trabajo de 44 o más horas semanales en el mes inmediatamente anterior al pago de la asignación extraordinaria.

En tanto, recibirán anualmente $100.000 los funcionarios que cumplan los requisitos y que tengan una remuneración bruta mensual entre $700.000 y $810.000 por una jornada de trabajo de 44 o más horas semanales en el mes inmediatamente anterior al pago de la asignación extraordinaria.

En el caso de los funcionarios con jornadas semanales inferiores a 44 horas, tendrán derecho a la asignación, siempre que cumplan con los demás requisitos, incluyendo el tener derecho a una remuneración bruta mensual igual o inferior a los umbrales señalados, calculado en forma proporcional a la jornada que realicen.

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