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Paridad de género en el órgano constituyente: Alcances y dudas del proyecto que se discute en el Congreso

La iniciativa no propone una «corrección por género» sino una «asignación paritaria de escaños». El mecanismo, que busca «incentivar la competencia» y mejorar las falencias que dejó la actual ley de cuotas que se estrenó en las elecciones parlamentarias de 2017, ha recibido cuestionamientos.

Es un concepto que ha resonado en la discusión pública al hablar de formar un Congreso, de elegir directorios en empresas o de conformar las directivas de los organismos gremiales. Y es que sobre todo desde el mayo feminista de 2018, las cuotas de género han estado en el debate.

Este año, el mecanismo tuvo un sorpresivo debut en el Colegio de Abogados: dos mujeres que alcanzaron los votos para la elección debieron ceder sus cupos a dos candidatos hombres por superar la cuota establecida.
El tema, por estos días, ebulle en el Congreso, donde diputados y senadores trabajan contra el reloj para establecer las normas que definan cómo será el proceso constituyente.

Este jueves, luego de que el Senado rechazara un mecanismo de paridad de género complementario a la reforma que habilitó el proceso constituyente, la Cámara aprobó con 93 votos un proyecto que busca el mismo objetivo y que fue presentado por RN.

Pero lo que se legisla, dicen quienes estuvieron detrás de la elaboración del proyecto, no son «precisamente» cuotas. Y son muy específicas en el lenguaje: «Esto no es una cuota, no es adulterar el resultado, ni tiene que ver con no respetar el principio de ‘una persona, un voto’. No queremos llamarle ‘corrección’.

Es una asignación paritaria de escaños», dice a Emol la cientista política y académica de la U. de Valparaíso, Javiera Arce. ¿Qué significa esa «asignación paritaria»? Lo primero es la conformación paritaria de las listas, que podrán tener como máximo un candidato más que el número de escaños que le corresponda a cada distrito (que serán los mismos de la última elección parlamentaria).

Si a un distrito, por el número de habitantes que tiene, le corresponden cinco escaños, entonces las listas podrán ser de seis candidatos. Esos candidatos deben ser obligatoriamente mujeres y hombres en igual proporción. Cada lista deberá estar encabezada por una mujer y seguida por un hombre, y así sucesivamente.

En los casos de listas con número impar, contarán con una mujer más en el total de candidatos, aunque el orden que muestra la papeleta no tiene incidencia en quiénes serán elegidos, porque se tratará de listas abiertas, donde el voto va a un candidato y no directamente a una lista.

El nuevo mecanismo implica un mayor equilibrio de género entre las candidaturas que el que establece la ley de cuotas vigente para el Congreso Nacional, que permite un máximo de 60% de candidatos de un mismo sexo a nivel nacional.

Acá, la paridad se establece por listas a nivel distrital. Esa es la primera diferencia, aunque el sistema tiene muchas otras especificaciones. La asignación de los escaños Terminada la elección, en los distritos con escaños pares, deberá elegirse un 50% de cada género, y en los impares solamente podrá existir diferencia de un cupo para uno de los dos sexos.

El criterio se aplicará también dentro de cada lista. La forma de entregar los escaños utilizará la «cifra repartidora» o el sistema D’Hondt, que asigna cupos en forma proporcional al número de votos totales por lista. La asignación de cupos comienza con las listas que obtuvieron votos suficientes para tener derecho a más de un escaño.

En el caso de elegir dos, serán el hombre y la mujer más votados. Luego, en las listas que eligen sólo un cupo, se entregará al candidato más votado del género que falte para conseguir la paridad dentro del distrito.

En la práctica, esto puede implicar que un candidato obtenga mayor número de votos que la persona del sexo opuesto que lo acompaña en la lista, pero que deba ceder su cupo en favor de alcanzar la paridad. Por eso es que han surgido opiniones que señalan que existiría un riesgo al «sacrificar la legitimidad en pos de la paridad». Quienes elaboraron la propuesta, la defienden.

Fuente Emol.cl

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Un comentario

  1. Eso no es Democracia, la paridad la tienen en la conformación de la lista, pero ceder un escaño ganado legitimamente en las urnas no tendría sentido realizar elecciones, la asignación se tornaría impositiva al irrespetar la voluntad popular.

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